A.- ARRAIGO LABORAL
Aquellos extranjeros que puedan acreditar una permanencia continuada en España, durante un periodo superior a dos años, podrán legalizar su situación mediante esta vía. Es requisito indispensable no tener antecedentes penales en España, ni en el país de origen y acreditar una relación laboral superior a un año.
B.- ARRAIGO SOCIAL
Aquellos extranjeros que puedan acreditar una permanencia continuada en España, durante un periodo superior a tres años y cuenten con un contrato de trabajo por el tiempo de un año de duración como mínimo, firmado por él mismo y por el empresario, al tiempo de la solicitud, podrán legalizar su situación mediante esta vía. Es requisito indispensable no tener antecedentes penales en España, ni en el país de origen. Igualmente, mediante este método, deberá acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe emitido por el ayuntamiento de su municipio, que acredite su inserción social en el mismo.
- Para acreditar los años de permanencia continuada en España, valen documentos como los empadronamientos, las tarjetas sanitarias o cualquier otro tipo de documentación oficial.
- Para demostrar la ausencia de antecedentes penales, el extranjero en España debe aportar un certificado de penales legalizado y traducido de su país de origen, los antecedentes penales en España, los revisa directamente la Policía Española.
- El contrato de trabajo que debe aportar un extranjero para acogerse al arraigo, debe contener una cláusula que establezca que el mismo contrato se iniciará cuando se apruebe el permiso solicitado.
La documentación se presenta en la Oficina de Extranjeros, pudiendo acudir a cualquier entidad ONG que esté legalmente reconocida con competencia de Extranjería o colegios profesionales. Una vez se compruebe que cumple los requisitos, se solicitará la cita.
Debe ir personalmente el interesado, así como tener el pasaporte en vigor, de no estarlo, deberá aportar una copia de la solicitud de renovación del pasaporte. Todo esto acompañado de dos fotografías tamaño carné y los documentos que hemos explicado en los requisitos para cada caso.