Por violencia de género se entiende a aquellos actos intencionados que pueden provocar daño físico y/o mental en las mujeres. Entre estos actos que pueden provocar daño están los físicos, los psíquicos, los económicos, los sexuales o los de explotación laboral
En caso de violencia de género, cualquier víctima ya sea de nacionalidad extranjera o española, debe solicitar ayuda en un centro de salud, en el Ayuntamiento de la localidad de residencia o en la policía. Realizar una denuncia, y si existieran lesiones, se debe de acudir al centro de salud que le corresponda o a urgencias del hospital para poder tratar las lesiones y solicitar una copia del parte de estas lesiones completado por el médico.
También debe solicitarse protección y una orden de alejamiento, interponiendo así una barrera entre el y la víctima. Los trabajadores sociales, psicólogos o la policía pueden dar recomendaciones acerca de las actuaciones que se deben realizar y las precauciones que se deben tomar en estos casos.
Las mujeres víctimas de la violencia género tiene derecho a recibir asesoramiento sobre su protección, sus derechos y ayudas que disponen como víctimas de violencia de género, también tienen derecho a recursos que la ayuden a su recuperación integral, a asistencia jurídica inmediata, a ciertos derechos laborales como puede ser la reducción de jornada, la reserva del puesto en caso de querer una suspensión del mismo, esta reserva puede realizarse por un período inicial de seis meses hasta un máximo de dieciocho.
También tienen derecho a un cambio de lugar de trabajo si fuese posible dentro de la empresa, derecho a dejar el puesto de trabajo pudiendo percibir la prestación por desempleo si le correspondiese y derecho a percibir subsidios por desempleo, como por ejemplo el RAI, si cumpliese los requisitos que exigen para poder `percibir dicha ayuda económica.
Las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, una vez puesto en conocimiento de la policía y al haber realizado la denuncia pertinente, a través del poder judicial, se les puede conceder derecho a dos tipos de autorizaciones de residencia, la primera de ellas, una autorización de residencia y de trabajo independiente a las concedidas por reagrupación con pareja. Y la segunda de las autorizaciones de residencia y trabajo que se concede de manera excepcional a las extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentren en situación irregular dentro del estado.
Ambas autorizaciones tiene una validez de cinco años.