En muchos casos, los extranjeros que llegan a nuestro país lo hacen huyendo de guerras, conflictos armados y otras devastaciones en sus territorios de origen. En este caso, el extranjero puede pedir la autorización de residencia temporal por razones humanitarias, siendo su caso especial al del resto de autorizaciones de residencia temporal. En estos momentos, la autorización de residencia temporal se concede en los siguientes supuestos:

-Si el extranjero ha sido víctima de algún delito tipificado en el Código Penal, entre el 311 y 314, normalmente relacionado con actos de violencia, víctima de delitos en los que haya un agravante de discriminación, o víctima de violencia familiar, tal y como queda tipificada en el propio Código Penal, y siempre que haya una sentencia en firme acerca de esos delitos.

-Si el extranjero sufre una enfermedad grave que requiere asistencia médica especializada, imposible de recibir en su país de origen, y que de ser interrumpida puede causar un grave riesgo para la salud del afectado. Esta enfermedad debe estar certificada bajo un informe médico de la autoridad competente.

-Si el extranjero acredita que su traslado al país de origen puede poner en riesgo su integridad física y la de su familia, teniendo además acreditados todos los demás requisitos para solicitar la autorización de residencia temporal.

Al ser estas autorizaciones algo excepcional, su validez será de solo un año, así como la de sus consiguientes renovaciones, que deberán ser probadas en la misma forma que la autorización inicial. Para solicitarla se deberán presentar los siguientes documentos:

Pasaporte en vigor o título de viaje válido en España, con al menos cuatro meses de vigencia.

-Si es exigido, contrato de trabajo firmado tanto por el trabajador como por el empresario, con una vigencia mínima de un año, y supeditado a la aprobación de la autorización de residencia.

-Cualquier otra documentación acreditativa de la situación especial que ya hemos nombrado anteriormente.

Estos documentos deberán ser presentados en la delegación correspondiente por el interesado, o en caso de ser menor de edad o discapacitado, por el representante legal del mismo.

Si necesita ayuda con cualquiera de estos trámites, puede encontrar a un buen abogado extranjería en nuestro formulario, en la parte derecha de esta misma página. Ellos le ayudarán a resolver cualquier problema que tenga.